El Tamiz Ocular es un examen especializado que realiza el Oftalmólogo experimentado en ver Bebés. Se le debe hacer a todo Recién Nacido (dentro del primer mes de vida).

El propósito de esta evaluación es conocer si existe alguna situación que pudiera tener consecuencias permanentes afectando al desarrollo de su visión.

El período crítico para el desarrollo de la visión ocurre en los primeros “tres” (3) meses de vida.

Si tomamos en cuenta que toma tiempo arreglar algo que pudiera estar mal, sabremos que es muy importante que se haga esta revisión pronto (dentro del primer mes, que es el tiempo en que llamamos al Bebé “Recién Nacido”).

La situación que se quiere principalmente detectar es una “Catarata Congénita” por ser la que más comunmente afecta a la visión de los niños pequeños.

Si tiene una Catarata Congénita y no la detectamos, tendrá consecuencias negativas para la visión “toda su vida”.  El daño puede ser “permanente” o “no reversible”.

El poder retirar una opacidad en el Cristalino y sobre todo otorgar rehabilitación visual a los ojos de un niño con Cataratas Congénitas, es una acción que tendrá toda una vida de consecuencias positivas.  Pero si no nos damos cuenta que la tiene o la padece…  -El niño pequeño no nos dirá nada.

El Reflejo Rojo (un estudio simple y muy útil) se observa cuando una luz es proyectada hacia la pupila y es también observada casi desde el mismo punto de orígen de la luz (coaxial de un Oftalmoscopio).

Es cierto que el “Reflejo Rojo” es un buen indicativo para saber si los medios transparentes del ojo están bien, pero se limita solo a eso, mientras que el Tamiz Ocular incluye también la observación atenta y experimentada de “todo el Ojo”, incluyendo las estructuras internas.

Veamos algunas realidades:

– El “Reflejo Rojo” en la práctica solo lo realizan algunos Médicos. Quienes revisan a los recién nacidos y a los niños, deberían estar bien entrenados para hacerlo… y deberían hacerlo todas las veces que vean a un niño de cualquier edad. Toma solo unos segundos y ayuda para toda la vida.

– Las Cataratas Congénitas son detectadas con frecuencia en forma tardía. Su Mamá naturalmente lo revisa constantemente, pero esto puede escapar a su vista. Pensemos además que el Bebé tiene sus ojos cerrados la gran mayoría del tiempo durante sus primeros meses, así que puede suceder que nadie note que algo está mal.

– El Cristalino (lente del ojo capaz de cambiar su foco para “enfocar”) se encuentra detrás del Iris (estructura que vemos como el color de los ojos) y por eso solo vemos una parte de el Cristalino (la que se encuentra detrás de la pupila que es el agujero negrito que está en el centro del color de los ojos).  Las Cataratas Congénitas son las que afectan la claridad del Cristalino y no lo dejan ver bien o ver del todo.

– La pupila de los niños puede ser muy chiquita y por eso puede pasar que no veamos nada que pueda estar mal.  Además no es fácil de observar, pues (insisto) los Bebés pequeños se la pasan con los ojos cerrados.

La Oftalmoscopia Indirecta (indispensable para realizar un buen Tamiz Ocular) es un estudio mucho mas completo que incluye la información obtenida por un Reflejo Rojo y es capaz de informar tanto acerca del Cristalino como de los otros medios transparentes del ojo y sobre todo de las estructuras posteriores que nos dan visión, como la Retina, la Coroides y el Nervio Optico.

En los siguientes videos podremos ver habilidades y capacidades instrumentales  ( Reflejo Rojo – Oftalmoscopia Indirecta -Observación Experta )  que ayudan al Oftalmólogo a realizar correctamente el Tamizaje. Apóyese en el Especialista y ayude a su Bebé a mantener o recobrar su salud ocular.

 

 


Detección oportuna de alteraciones visuales en el recién nacido y lactante
en el primer nivel de atención
http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/IMSS-793-16/ER.pdf
DECRETO por el que se reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud;
Artículo 61, Fracción IV.
La aplicación del tamiz oftalmológico neonatal,
a la cuarta semana del nacimiento,
para la detección temprana de malformaciones que puedan causar ceguera,
y su tratamiento, en todos sus grados
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5285817&fecha=25/01/2013